Convocatorias y Eventos

CONVOCATORIAS
REGISTRO DE PROPUESTAS QUE ACCEDERÁN AL BENEFICIO TRIBUTARIO DE INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA Y/O GANANCIA OCASIONAL AÑO 2020
REGISTRO DE PROPUESTAS QUE ACCEDERÁN AL BENEFICIO TRIBUTARIO DE INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA Y/O GANANCIA OCASIONAL AÑO 2020
Datos de la convocatoria
Fecha de Apertura: | Marzo 17, 2021 |
Fecha de Cierre: | Mayo 14, 2021 |
Fuente de Financiación: | MinCiencias |
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Descripción de la convocatoria
Descripción de la convocatoria
MinCiencias es el organismo encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar, implementar y controlar las políticas públicas para fomentar la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en Colombia.
Objetivo:
Calificar proyectos como de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para el acceso del beneficio tributario de Ingresos no Constitutivos de Renta y/o Ganancia Ocasional para el personal científico por la ejecución directa de labores de carácter científico, tecnológico o de innovación, siempre que dicha remuneración provenga de recursos destinados para el proyecto calificado, según los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT) y lo establecido por el artículo 57-2 del Estatuto Tributario.
Dirigida a:
Entidades que desarrollen proyectos de CTeI avalados por un actor reconocido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación – MINCIENCIAS, y que en el marco de dichos proyectos hayan involucrado personas naturales nacionales y/o extranjeras, declarantes del impuesto de renta en Colombia, para ejecutar actividades directas de Ciencia, Tecnología e Innovación durante la vigencia 2020 y siguientes. El beneficio tributario de Ingresos No Constitutivos de Renta y/o Ganancia Ocasional a otorgar, corresponde a la remuneración percibida en la ejecución de dichas actividades en el marco del proyecto y será aplicable para la declaración de renta de las personas naturales, según lo establecido por el artículo 57-2 del Estatuto Tributario.
Podrán postularse a la convocatoria:
1. Proyectos de ciencia, tecnología e innovación financiados por MINCIENCIAS en convocatorias previas, así como aquellos financiados a través del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías.
2. Proyectos calificados previamente por el CNBT en el marco de otras convocatorias de beneficios tributarios.
3. Proyectos ejecutados en la vigencia 2020 y siguientes, que no han sido financiados por MINCIENCIAS o por el Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías o calificados por el CNBT.
Requisitos:
1. Cumplir con lo establecido en el numeral “3. DIRIGIDA A” de los términos de referencia.
2. Inscripción del proyecto en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos de Minciencias – SIGP, a través del formulario en línea disponible en el portal de Minciencias (www.minciencias.gov.co).
3. El proyecto inscrito deberá ser formulado en español.
4. Carta de presentación y aval para acceder al beneficio tributario de Ingresos No Constitutivos de Renta, firmada por el representante legal de la entidad ejecutora, co-ejecutor (si aplica) y supervisor técnico. En caso de que el representante legal no cuente con la competencia para asumir los compromisos consignados en la carta institucional, deberá presentar documento que lo faculte firmado por el órgano competente.
5. Las entidades participantes deberán estar legalmente constituidas en Colombia y presentar certificado de existencia y representación legal vigente en la opción otros anexos de la plataforma SIGP
6. Presentar el aval del Comité de Ética/Bioética de la institución que presenta el proyecto, cuando aplique, donde especifique claramente que el proyecto ha sido revisado y avalado en sus componentes éticos e instrumentos a emplear. En caso de que la institución que presenta el proyecto no cuente con un Comité de Ética, podrá solicitar este aval ante otra entidad que cuente con uno. Debe anexar a este aval, el acto administrativo que soporta la conformación del Comité de Ética que lo expide. Para proyectos de Salud este requisito será obligatorio.
Para mayor información diríjase al enlace
Calificar proyectos como de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para el acceso del beneficio tributario de Ingresos no Constitutivos de Renta y/o Ganancia Ocasional para el personal científico por la ejecución directa de labores de carácter científico, tecnológico o de innovación, siempre que dicha remuneración provenga de recursos destinados para el proyecto calificado, según los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT) y lo establecido por el artículo 57-2 del Estatuto Tributario.
Dirigida a:
Entidades que desarrollen proyectos de CTeI avalados por un actor reconocido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación – MINCIENCIAS, y que en el marco de dichos proyectos hayan involucrado personas naturales nacionales y/o extranjeras, declarantes del impuesto de renta en Colombia, para ejecutar actividades directas de Ciencia, Tecnología e Innovación durante la vigencia 2020 y siguientes. El beneficio tributario de Ingresos No Constitutivos de Renta y/o Ganancia Ocasional a otorgar, corresponde a la remuneración percibida en la ejecución de dichas actividades en el marco del proyecto y será aplicable para la declaración de renta de las personas naturales, según lo establecido por el artículo 57-2 del Estatuto Tributario.
Podrán postularse a la convocatoria:
1. Proyectos de ciencia, tecnología e innovación financiados por MINCIENCIAS en convocatorias previas, así como aquellos financiados a través del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías.
2. Proyectos calificados previamente por el CNBT en el marco de otras convocatorias de beneficios tributarios.
3. Proyectos ejecutados en la vigencia 2020 y siguientes, que no han sido financiados por MINCIENCIAS o por el Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías o calificados por el CNBT.
Requisitos:
1. Cumplir con lo establecido en el numeral “3. DIRIGIDA A” de los términos de referencia.
2. Inscripción del proyecto en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos de Minciencias – SIGP, a través del formulario en línea disponible en el portal de Minciencias (www.minciencias.gov.co).
3. El proyecto inscrito deberá ser formulado en español.
4. Carta de presentación y aval para acceder al beneficio tributario de Ingresos No Constitutivos de Renta, firmada por el representante legal de la entidad ejecutora, co-ejecutor (si aplica) y supervisor técnico. En caso de que el representante legal no cuente con la competencia para asumir los compromisos consignados en la carta institucional, deberá presentar documento que lo faculte firmado por el órgano competente.
5. Las entidades participantes deberán estar legalmente constituidas en Colombia y presentar certificado de existencia y representación legal vigente en la opción otros anexos de la plataforma SIGP
6. Presentar el aval del Comité de Ética/Bioética de la institución que presenta el proyecto, cuando aplique, donde especifique claramente que el proyecto ha sido revisado y avalado en sus componentes éticos e instrumentos a emplear. En caso de que la institución que presenta el proyecto no cuente con un Comité de Ética, podrá solicitar este aval ante otra entidad que cuente con uno. Debe anexar a este aval, el acto administrativo que soporta la conformación del Comité de Ética que lo expide. Para proyectos de Salud este requisito será obligatorio.
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Pilares de la
Competitividad
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