Convocatorias y Eventos

CONVOCATORIAS
BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR INVERSIÓN EN PROYECTOS DE CTeI
BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR INVERSIÓN EN PROYECTOS DE CTeI
Datos de la convocatoria
Fecha de Apertura: | Marzo 04, 2022 |
Fecha de Cierre: | Julio 15, 2022 |
Fuente de Financiación: | Minciencias |
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Descripción de la convocatoria
Descripción de la convocatoria
Minciencias es el organismo encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar, implementar y controlar las políticas públicas para fomentar la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en Colombia.
Objetivo:
Fomentar la inversión privada en investigación científica, desarrollo e innovación (I+D+i), mediante la calificación de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación, cuya inversión sea realizada durante el año 2022 y vigencias fiscales siguientes, para el acceso a los beneficios tributarios por inversión: deducción y descuento y crédito fiscal, según lo estipulado en los artículos 158-1, 256, 258 y 256-1 del Estatuto Tributario (E.T), respectivamente.
Dirigida a:
Beneficio tributario de deducción y descuento por inversiones en CTeI:
Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas de acuerdo con lo establecido en el Decreto 957 de 2019, en calidad de ejecutoras o co-ejecutoras (si aplica). Estas empresas deberán estar legalmente constituidas en Colombia al momento de la postulación del proyecto a la convocatoria, ser declarantes del impuesto de renta, y adelantar proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación, avalados por un actor asociado, quien será un actor con reconocimiento vigente por parte de Minciencias.
Beneficio tributario de crédito fiscal por inversiones en CTeI:
Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) de acuerdo con lo establecido en el Decreto 957 de 2019, en calidad de ejecutoras o co-ejecutoras (si aplica). Estas empresas deberán estar legalmente constituidas en Colombia al momento de la postulación del proyecto a la convocatoria, ser declarantes del impuesto de renta, y adelantar proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación, avalados por un actor asociado, quien será un actor con reconocimiento vigente por parte de Minciencias.
Requisitos:
1. Cumplir con lo establecido en el numeral “3. DIRIGIDA A” de los términos de referencia.
2. Inscribir la propuesta en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos de MINCIENCIAS – SIGP, a través del formulario en línea disponible en el portal de Minciencias (www.minciencias.gov.co).
3. Adjuntar la carta de presentación, aval y aceptación de compromisos por la cual se solicita el beneficio tributario, firmada por el representante legal (o quien haga sus veces) de la entidad ejecutora.
4. Presentar el Aval del Comité de Ética/Bioética de la institución que presenta el proyecto, cuando aplique, donde especifique claramente que el proyecto ha sido revisado y avalado en sus componentes éticos e instrumentos a emplear. En caso de que la institución que presenta el proyecto no cuente con un Comité de ética, podrá solicitar este aval ante otra entidad que cuente con uno. Debe anexar a este aval, el acto administrativo que soporta la conformación del Comité de ética que lo expide. Para proyectos de Salud este requisito será obligatorio.
Duración y cupo de beneficios tributarios:
El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT), estableció mediante el Acuerdo 29 de 2021, un cupo máximo de inversiones que se pueden certificar para acceder a los beneficios tributarios en la vigencia fiscal 2022 equivalente $2.100.000.000.000. De igual manera, se estableció un monto máximo anual que individualmente podrán solicitar las empresas para el año 2022, equivalente a $90.000.000.000.
El cupo mencionado anteriormente para la vigencia 2022, incluye tanto las inversiones realizadas en proyectos plurianuales previamente calificados, como también proyectos presentados en la convocatoria de ‘vinculación de personal con título de doctorado en las empresas’, y proyectos que se aprobarán para acceder a beneficios tributarios por inversión a los cuales hace referencia la presente convocatoria.
La duración y presupuesto del proyecto podrá ser determinada por la empresa postulante, teniendo en cuenta su tipología, alcance, objetivos, metodología y resultados esperados, es decir, considerando actividades e inversiones a realizarse para la vigencia 2022 y siguientes.
Para mayor información diríjase al enlace
Fomentar la inversión privada en investigación científica, desarrollo e innovación (I+D+i), mediante la calificación de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación, cuya inversión sea realizada durante el año 2022 y vigencias fiscales siguientes, para el acceso a los beneficios tributarios por inversión: deducción y descuento y crédito fiscal, según lo estipulado en los artículos 158-1, 256, 258 y 256-1 del Estatuto Tributario (E.T), respectivamente.
Dirigida a:
Beneficio tributario de deducción y descuento por inversiones en CTeI:
Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas de acuerdo con lo establecido en el Decreto 957 de 2019, en calidad de ejecutoras o co-ejecutoras (si aplica). Estas empresas deberán estar legalmente constituidas en Colombia al momento de la postulación del proyecto a la convocatoria, ser declarantes del impuesto de renta, y adelantar proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación, avalados por un actor asociado, quien será un actor con reconocimiento vigente por parte de Minciencias.
Beneficio tributario de crédito fiscal por inversiones en CTeI:
Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) de acuerdo con lo establecido en el Decreto 957 de 2019, en calidad de ejecutoras o co-ejecutoras (si aplica). Estas empresas deberán estar legalmente constituidas en Colombia al momento de la postulación del proyecto a la convocatoria, ser declarantes del impuesto de renta, y adelantar proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación, avalados por un actor asociado, quien será un actor con reconocimiento vigente por parte de Minciencias.
Requisitos:
1. Cumplir con lo establecido en el numeral “3. DIRIGIDA A” de los términos de referencia.
2. Inscribir la propuesta en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos de MINCIENCIAS – SIGP, a través del formulario en línea disponible en el portal de Minciencias (www.minciencias.gov.co).
3. Adjuntar la carta de presentación, aval y aceptación de compromisos por la cual se solicita el beneficio tributario, firmada por el representante legal (o quien haga sus veces) de la entidad ejecutora.
4. Presentar el Aval del Comité de Ética/Bioética de la institución que presenta el proyecto, cuando aplique, donde especifique claramente que el proyecto ha sido revisado y avalado en sus componentes éticos e instrumentos a emplear. En caso de que la institución que presenta el proyecto no cuente con un Comité de ética, podrá solicitar este aval ante otra entidad que cuente con uno. Debe anexar a este aval, el acto administrativo que soporta la conformación del Comité de ética que lo expide. Para proyectos de Salud este requisito será obligatorio.
Duración y cupo de beneficios tributarios:
El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT), estableció mediante el Acuerdo 29 de 2021, un cupo máximo de inversiones que se pueden certificar para acceder a los beneficios tributarios en la vigencia fiscal 2022 equivalente $2.100.000.000.000. De igual manera, se estableció un monto máximo anual que individualmente podrán solicitar las empresas para el año 2022, equivalente a $90.000.000.000.
El cupo mencionado anteriormente para la vigencia 2022, incluye tanto las inversiones realizadas en proyectos plurianuales previamente calificados, como también proyectos presentados en la convocatoria de ‘vinculación de personal con título de doctorado en las empresas’, y proyectos que se aprobarán para acceder a beneficios tributarios por inversión a los cuales hace referencia la presente convocatoria.
La duración y presupuesto del proyecto podrá ser determinada por la empresa postulante, teniendo en cuenta su tipología, alcance, objetivos, metodología y resultados esperados, es decir, considerando actividades e inversiones a realizarse para la vigencia 2022 y siguientes.
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Pilares de la
Competitividad
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